La Disposición SRT N° 16/2020 prevé la normalización paulatina de los diversos procesos productivos y comparte una guía con recomendaciones.
El Comité de Crisis de la SRT estimó procedente establecer nuevas medidas para garantizar las condiciones de higiene y seguridad tendientes a preservar la salud de los trabajadores. Las mismas se complementan con las ya adoptadas por el Sector Público Nacional, el Ministerio de Salud de la Nación, y por las recomendaciones generales y específicas aprobadas por este organismo mediante la Resolución SRT Nº 29/20, las Disposiciones GG. N° 5/20 y N° 6/20 y la Disposición GP N° 3/20.
Los servicios de Higiene y Seguridad de cada empleador podrán adoptar nuevas recomendaciones en relación a las particularidades de las tareas desarrolladas en cada establecimiento, como lo establece el artículo 2 de la disposición.
El Anexo I “GUÍA DE RECOMENDACIONES PARA UNA REINCORPORACIÓN GRADUAL RESPONSABLE AL TRABAJO” contiene una serie de medidas de prevención a partir de las cuales se podrá planificar la normalización gradual de las tareas. Se encuentra en consonancia con el documento elaborado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT): “Herramienta de DIEZ (10) pasos para un retorno al trabajo seguro y saludable en tiempos de COVID-19”.
Enfatiza la necesidad de la capacitación de los trabajadores, la concientización respecto a los cuidados, la provisión de Elementos de Protección Personal (EPP) y la adopción de protocolos de actuación a fin de garantizar la salud. La guía contiene medidas generales de prevención ante Covid-19, procedimientos para la identificación y el aislamiento de personas con síntomas compatibles, recomendaciones para el ingreso de personas a los establecimientos, uso de vehículos, controles administrativos, afiches en materia de prevención, entre otras recomendaciones.
Para ello, se sumaron experiencias de pautas como las de la UOCRA, las de las entidades bancarias, y las de otros gremios. Todo teniendo en cuenta el mantenimiento de los derechos de los trabajadores.
Reevaluar la distribución de los puestos de trabajo, en función de mantener la distancia recomendada entre los trabajadores, turnos escalonados con rotación de personal y la reincorporación planificada y gradual, a partir de una plantilla mínima indispensable para cubrir operaciones esenciales.
También dispone establecer una comunicación fluida con proveedores y distribuidores, prever acciones alternativas y preventivas con el fin de anticipar dificultades en la obtención del material necesario para la higiene y la limpieza de los establecimientos, entre otras.
Los empleadores a su vez deberán difundir información sobre el coronavirus y su propagación con la instalación de cartelería y los gremios también deberán hacer una fuerte capacitación y concientización sobre los colaboradores.
Cuando haya un caso sospechoso de contagio, la persona deberá ser aislada dentro del ámbito laboral y se deberá llamar a la autoridad sanitaria competente por lo cual los empleadores deberán disponer de esos espacios.
En tanto, los colaboradores podrán denunciar a sus empleadores en caso de que no estén siendo respetadas estas premisas y ellos podrán ser sancionados con clausuras o multas. La guía establece también diferenciaciones si se trata de empresas con atención al cliente y salvaguarda el distanciamiento social, la higiene de manos, y el uso de barbijos.
Para ello será necesario la implementación de sistemas de información, protocolos de actuación, concientización
de los trabajadores y trabajadoras respectos de los cuidados y deber de información, provisión de los Elementos de Protección Personal (EPP) adecuados y adopción de medidas de ingeniería necesarias con objeto de garantizar su salud.
Las medidas establecidas en el presente documento constituyen un estándar de condiciones mínimas a partir de
las cuales habrá de complementarse con las medidas adicionales y específicas que fueren pertinentes atendiendo
a las particularidades de cada establecimiento y a la especificidad de los procesos allí desarrollados, definidas por
los Servicios de Higiene y Seguridad y de Medicina Laboral con que cuente cada empleador.
Los actores responsables y las representaciones gremiales de cada actividad que elaboren protocolos particulares deberán considerar los lineamientos del presente protocolo que actúa como guía general a fin de sostener la coordinación de acciones eficientes para contener la propagación del COVID-19, generando asimismo la comunicación, concientización y la capacitación necesaria.
En respuesta a nuestra visión de ayudar a las Pymes, es que decidimos acompañar a los colaboradores y a nuestros clientes, en todo este proceso que tendremos que atravesar debido a los cambios en el área laboral frente al Covid.
¿Volviste a tu lugar de trabajo? ¿Cómo cumplen con los protocolos? Contanos tus experiencias.
Para ver el informe completo https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/disposicion_srt_16-2020_anexo_01.pdf